La
obligación del investigador es distribuir
por igual los riesgos y beneficios de la participación
en el estudio de investigación. El reclutamiento
y la selección de los participantes debe hacerse
de manera equitativa. El principio de justicia prohíbe
poner a un grupo de personas en situación de
riesgo para beneficiar únicamente a otro.
Por
ejemplo, la justicia no permite que grupos vulnerables,
tales como menores, pobres o prisioneros, participen
en una investigación para el beneficio exclusivo
de grupos más privilegiados. Al
igual que con el principio de respeto por las personas,
hay una necesidad de proteger a los grupos vulnerables,
tales como los pobres y las personas con acceso limitado
a los servicios de salud.
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