Anticoncepción de emergencia: pautas clínicas de la Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Canadá (SOGC)

 

Traducido del J Obstet Gynaecol Can 2003;25(8):673-9

 

Estas pautas han sido revisadas por el Comité de Práctica Clínica Ginecológica y aprobadas por el Consejo Ejecutivo de la Sociedad de Obstetras y Ginecólogos de Canadá (SOGC).

 

Autores principales

Sheila Dunn, MD CCFP (EM), Toronto ON

Edith Guilbert MD MSc, CCFP, Québec QC

 

  Resumen

 

Objetivo: Revisar el conocimiento vigente acerca de anticoncepción de emergencia (AE), incluyendo las opciones disponibles, su modo de acción, eficacia, seguridad y la provisión efectiva de AE en la práctica.

 

Opciones: Revisar el método combinado estradiol-levonorgestrel (régimen Yuzpe) y el regimen levonorgestrel, así como el dispositivo intrauterino post-coital.

 

Resultados: eficacia en términos de reducción del riesgo de embarazo, seguridad, efectos secundarios de los métodos para AE y el efecto del acceso a AE en su uso apropiado y en el uso consistente de anticoncepción.

 

Evidencia: se hizo búsquedas en MEDLINE y en la base de datos Cochrane de artículos publicados en inglés entre enero de 1998 y marzo de 2003, para actualizar las pautas clínicas existentes publicadas en 2000. También se revisó las pautas clínicas y los reportes de posición desarrollados por organizaciones de salud o de planificación familiar. Las palabras clave fueron: anticoncepción de emergencia, anticoncepción post coital, píldoras anticonceptivas de emergencia, DIU de cobre postcoital.

 

Clasificación: Los estudios revisados fueron clasificados de acuerdo a los criterios descritos por la Canadian Task Force on the Periodic Health Exam y las recomendaciones para la práctica fueron priorizadas según esta clasificación.

 

Beneficios, riesgos y costos: estas pautas pretenden contribuir a la reducción de los embarazos no deseados incrementando el conocimiento y uso apropiado de AE.

 

Recomendaciones:

1. A las mujeres que han tenido una relación sexual sin protección y desean evitar un embarazo se les debe ofrecer AE hormonal hasta 5 días después del coito (II-2A).

 

2. Un DIU de cobre puede usarse hasta 7 días después de la relación sexual sin protección en mujeres que no tengan contraindicaciones (III-B).

 

3. A las mujeres se les debe advertir que el régimen de AE con levonorgestrel es más efectivo y produce menos efectos secundarios que el régimen Yuzpe (I-A) 1.

 

4. Puede usarse el regimen de una dosis doble de levonorgestrel (1.5mg) o el regimen regular de 2 dosis (0.75  mg cada dosis), porque tienen eficacia y efectos secundarios similares.

 

5. El tratamiento con AE hormonal debe iniciarse lo más pronto luego de la relación sexual sin protección (II-2B)

 

6. Las mujeres en edad reproductiva deben recibir una prescripción de AE hormonal por adelantado (I-A).

 

7. La mujer debe ser evaluada para descartar embarazo si no presenta menstruación 21 días después del tratamiento con AE (III-A).

 

8. No es necesario un examen pélvico para proveer AE hormonal (III-A).

 

Validación: Estas pautas han sido revisadas por Clinical Practice Ginecology and Social and Sexual Issues Committees de la Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Canadá.

 

Patrocinador: Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Canadá.

 

Calidad de la evidencia

Clasificación de las recomendaciones

   
La calidad de la evidencia reportada en estas pautas ha sido descrita usando los criterios de Evaluación de la evidencia delimitados en Report of the Canadian Task Force on the Periodic Health Exam. Las recomendaciones incluídas en estas pautas han sido adaptadas del método de priorización descrito en la Clasificación de Recomendaciones encontradas en Report of the Canadian Task Force on the Periodic Health Exam.
   
I: Evidencia obtenida de por lo menos un estudio controlado apropiadamente randomizado.

II-1 Evidencia de estudios clínicos controlados bien diseñados, sin randomización.

II-2 Evidencia de estudios de cohortes bien diseñados (prospectivos o retrospectivos) o estudios caso-control, de preferencia de más de un centro o grupo de investigación.

II-3 Evidencia obtenida de comparaciones entre momentos o lugares con o sin la intervención. Resultados dramáticos de experimentos no controlados (tales como los resultados del tratamiento con penicilina en 1940) también deben incluirse en esta categoría

III Opiniones de autoridades respetables, estudios descriptivos o reportes de comités de expertos.

A. Hay buena evidencia para respaldar la recomendación que la condición sea considerada específicamente en un examen periodico de salud.

B. Hay una razonable evidencia para respaldar la recomendación que la condición sea considerada específicamente en un examen periódico de salud.

C. Hay pobre evidencia en relación con la inclusión o exclusión de la condición en un examen periodico de salud, pero se puede hacer recomendaciones en otro terreno.

D. Hay razonable evidencia para recomendar que la condición no sea incluida en un examen periodico de salud.

E. Hay buena evidencia para respaldar la recomendación que la condición sea excluida de un examen periodico de salud.

 

1 En Costa Rica está disponible el método Yuzpe, levonorgestrel no lo es en este momento.