Perspectiva general

Sección 1

Sección 2

- Fundamentos
- Evolución
- Nuremberg
- Helsinki
- Belmont
- Regla Común
- CIOMS
- ICH
- NBAC
- Pautas
- Reglamento
- Resumen

Sección 3

Sección 4

Sección 5

Conclusión

 

 

Section 2 - Fundamentos de la ética de la investigación

Comité Asesor Nacional de Bioética
(National Bioethics Advisory Committee, NBAC)

El NBAC aconseja al presidente de los Estados Unidos sobre asuntos relacionados con la investigación con seres humanos. En 2001, el NBAC publicó un informe que requiere que toda la investigación en países en desarrollo se refiera a necesidades de salud locales. Además, los investigadores y patrocinadores deben hacer participar a representantes de la comunidad y a posibles participantes a todo lo largo del diseño e implementación de la investigación.

En el diseño de los estudios, los investigadores deben justificar el uso de placebos y, cuando sea posible, proporcionar a los integrantes del grupo de control un tratamiento establecido y eficaz, independientemente de la disponibilidad local. Los investigadores y los patrocinadores deben hacer esfuerzos para garantizar que los participantes del estudio y la comunidad anfitriona en general tengan acceso a los beneficios del estudio.

Otro punto importante del informe es el proceso de consentimiento informado. El NBAC estipula que el proceso de consentimiento informado debe ser culturalmente apropiado. Además, el proceso debe reducir al mínimo toda coacción o incentivo excesivo por parte del investigador y los representantes de la comunidad. Todos los participantes deben poder tomar una decisión voluntaria sin importar su sexo, nivel socioeconómico o función dentro de la cultura.

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